Recibir un requerimiento de Hacienda no significa necesariamente que exista una infracción. Pero tampoco conviene tratarlo como una simple petición de documentos.
La primera regla es identificar con precisión qué solicita la Administración, a qué período se refiere y cuál es el plazo para responder. A partir de ahí, debe revisarse la documentación antes de presentar una contestación precipitada.
Es habitual que una empresa o un profesional reúna información contable, facturas y justificantes, pero no haya comprobado todavía si todos esos documentos sostienen la posición que se declaró. En ocasiones, el problema no es la falta de un documento, sino una explicación incompleta, una incoherencia entre documentos o una operación que exige contextualización.
Antes de contestar, conviene seguir este orden:
• Guardar íntegramente la notificación y comprobar la fecha de acceso.
• Identificar el impuesto, ejercicio y cuestión concreta que se revisa.
• Reunir la documentación solicitada sin añadir información irrelevante.
• Contrastar la contabilidad, declaraciones, contratos y justificantes.
• Decidir qué explicación jurídica y económica acompaña a cada documento.
Responder más no siempre es responder mejor. La contestación debe ser completa, ordenada y coherente con la documentación disponible. También debe tener presente que un requerimiento puede ser el inicio de actuaciones posteriores.
Una buena preparación no garantiza el resultado, pero sí evita errores que después son difíciles de corregir: plazos perdidos, documentos entregados sin contexto o argumentos formulados sin haber revisado antes el expediente.
Este contenido es informativo y no sustituye el análisis de una situación concreta.
Una lectura práctica
Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.
